CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN DE VIAJE COMBINADO

SOCIEDAD HISTÓRICA

1_ Identificación 

Las Presentes Condiciones Generales de Contratación (en adelante "Condiciones") tienen por función regular la relación entre SOCIEDAD HISTÓRICA DE EMPRESAS Y EXPEDICIONES SL (en adelante el "ORGANIZADOR") y los clientes (en adelante el "VIAJERO"), relativas a todas las transacciones realizadas entre las partes, ya sea a través de la web, de la tienda on-line o a través de otros procedimientos.

 

1.1_ El ORGANIZADOR 

● RAZÓN SOCIAL: SOCIEDAD HISTORICA DE EMPRESAS Y EXPEDICIONES SL

● NOMBRE COMERCIAL: SOCIEDAD HISTORICA DE EMPRESAS Y EXPEDICIONES

● CIF: B88479258

● DOMICILIO: PUERTA DEL VADO 3

● POBLACIÓN: ALCALÁ DE HENARES

● PROVINCIA: MADRID

● C.P.: 28803

● TELÉFONO: 679 362 951

● CORREO ELECTRÓNICO: info@sociedadhistorica.com

 

1.2_ El VIAJERO 

Se entenderá por VIAJERO todo cliente (físico o virtual) que adquiere esa condición al adquirir un viaje, mediante la celebración de un contrato, o tiene derecho a viajar en virtud de éste.

A los efectos de las presentes Condiciones Generales también se entiende por:

PROPUESTA DE VIAJE: el conjunto de documentos que conforman la descripción del viaje combinado, especificando todos los servicios turísticos ofertados por el ORGANIZADOR, más el resto de la información exigida en el artículo 153 del RDL 1/2007.

La información contenida en la PROPUESTA DE VIAJE es vinculante para el ORGANIZADOR, salvo que concurra alguna de las circunstancias siguientes:

A.      que los cambios en dicha información se hayan comunicado claramente por escrito al VIAJERO antes de la celebración del contrato y tal posibilidad haya sido objeto de expresa aceptación por este último antes de esa fecha.

B.      que se produzcan posteriormente a la celebración del contrato, y cuenten con la aprobación expresa del VIAJERO.

CONTRATO DE VIAJE COMBINADO: El acuerdo legal de obligado cumplimiento que vincula al ORGANIZADOR y al VIAJERO.

2_ Marco Legal aplicable al CONTRATO DE VIAJE COMBINADO

Las presentes Condiciones Generales están sujetas a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (B.O.E. 30-11-07), la Ley 21/1995, de 6 de Julio, de Viajes Combinados (B.O.E. 7-7-1.995), la Ley 7/1998, de 13 de Abril, sobre Condiciones Generales de la Contratación (14-4-98) y en la Ley de 26/1984, de 19 de Julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (B.O.E. 24-7-84) y demás disposiciones vigentes.

Las presentes Condiciones Generales se incorporarán a todo CONTRATO DE VIAJE COMBINADO cuyo objeto sean los viajes contenidos en una PROPUESTA DE VIAJE y obligan a las partes, con las condiciones particulares que se pacten en el contrato o que consten en la documentación del viaje facilitada simultáneamente a la suscripción del contrato.

Las presentes Condiciones Generales, puestas a su disposición en:

https://sociedad-historica-images.s3.eu-central-1.amazonaws.com/SH_CONDICIONES_GENERALES_DE_CONTRATACION_2023_6885bd380e.pdf

3_ Proceso de contratación

El ORGANIZADOR ofrecerá al VIAJERO interesado su PROPUESTA DE VIAJE con toda la información precontractual relativa al viaje combinado, según exige la ley vigente en el RDL 1/2007.

El VIAJERO que acepte la PROPUESTA DE VIAJE suscribirá con el ORGANIZADOR un CONTRATO DE VIAJE COMBINADO que incluirá, en todo caso y como mínimo, el itinerario detallado del viaje, las presentes condiciones generales y las condiciones particulares que procedan en cada caso.

Una vez abonado el depósito requerido del 35% del valor total del viaje y suscrito el contrato, el ORGANIZADOR realizará las gestiones oportunas para obtener de cada proveedor la confirmación de los servicios contratados. En el supuesto de que alguno de estos servicios no pueda ser confirmado por falta de disponibilidad, se ofrecerá otro de características similares, con indicación del nuevo precio si fuera el caso, que el VIAJERO podrá aceptar o rechazar. En el caso de que el VIAJERO rechace el cambio propuesto, el ORGANIZADOR reembolsará los importes depositados a la fecha.

El importe íntegro correspondiente a los servicios aéreos será abonado al ORGANIZADOR con fecha anterior a la emisión de los billetes. Esta fecha viene impuesta por las distintas compañías aéreas y será notificada al cliente en el momento de la confirmación del servicio. Este importe nunca es reembolsable tras la emisión de los billetes. Está cantidad podrá deducirse del 35% abonado en concepto de reserva salvo que se requiera, por cuantías, contemplar ambos pagos por separado.

El resto del precio del viaje (excepción hecha del importe de la reserva y, si fuera necesario, de los servicios aéreos antes indicados) deberá abonarse contra la entrega del resto de documentación del viaje, lo que se producirá al menos cuarenta y cinco días antes de la fecha de la salida. En el supuesto de que por circunstancias especiales (como exigencias de los proveedores de los distintos servicios contratados) el pago del resto del precio hubiera de realizarse en un momento anterior al citado plazo, dicha circunstancia será notificada al cliente por escrito o por cualquier medio que permita tener constancia de la comunicación efectuada, viniendo el cliente obligado al pago siempre y cuando en dicho momento se le entreguen la totalidad de la documentación necesaria para el viaje. A la entrega del segundo pago por el valor restante se procederá a la firma del CONTRATO DE VIAJE COMBINADO.

De no procederse al pago del precio total del viaje en las condiciones señaladas, se entenderá que el consumidor desiste del viaje solicitado, siéndole de aplicación las condiciones previstas en el apartado correspondiente.

4_ Delimitación de servicios

Las prestaciones que integran el CONTRATO DE VIAJE COMBINADO resultan de la información proporcionada al VIAJERO en su PROPUESTA DE VIAJE.

4.1_ Transportes

En los viajes en avión, la presentación en el aeropuerto se efectuará con un mínimo de antelación de tres horas en viajes internacionales y dos horas en nacionales sobre el horario oficial de salida, y en todo caso se seguirán estrictamente las recomendaciones específicas que indique la documentación del viaje facilitada al suscribir el CONTRATO DE VIAJE COMBINADO. En la contratación de servicios ajenos al ORGANIZADOR, se recomienda que el cliente reconfirme con cuarenta y ocho horas de antelación los horarios de salida de los vuelos. Si el VIAJERO no pudiera realizar el viaje por no haberse presentado con la antelación requerida, se aplicará el régimen previsto al desistimiento del VIAJERO una vez comenzado el viaje.

Las reservas se realizarán con los datos indicados por el VIAJERO. Las compañías aéreas se reservan el derecho de que un billete con un nombre que no coincida con el que aparece en el pasaporte pueda ser motivo para denegar el embarque a un VIAJERO. Una vez realizada la reserva, un error en el nombre o un nombre incompleto, provoca hacer una nueva reserva con la posibilidad de no conseguir plazas en los mismos vuelos o que el precio inicial varíe.

La pérdida o daño que se produzca en relación con el equipaje de mano u otros objetos que el VIAJERO lleve consigo y conserve bajo su custodia son de su exclusiva cuenta y riesgo.

Se entenderá siempre como trayecto aéreo directo aquel cuyo soporte documental sea un solo cupón de vuelo, con independencia de que el vuelo realice alguna parada técnica.

4.2_ Alojamientos

La calidad y contenido de los servicios prestados por el hotel vendrá determinada por la categoría turística oficial, si la hubiere, asignada por el órgano competente de su país. En aquellos en los que no existe clasificación oficial, la categoría que se indica en la PROPUESTA DE VIAJE es simplemente orientativa.

Dada la vigente legislación al respecto, que establece sólo la existencia de habitaciones individuales y dobles permitiendo que en algunas de estas últimas pueda habilitarse una tercera cama, se estimará siempre que la utilización de la tercera cama se hace con el conocimiento y consentimiento de las personas que ocupan la habitación. Esta tácita estimación deriva de la circunstancia cierta de haber sido advertidos previamente, así como de figurar reflejada la habitación como triple en todos los impresos de reservas facilitados al VIAJERO al abonar el anticipo, en el CONTRATO DE VIAJE COMBINADO y los billetes y/o documentación del viaje que se entrega simultáneamente a la firma de este.

El horario habitual para la entrada y salida en los hoteles está en función del primer y último servicio que el usuario vaya a utilizar. El horario de ocupación de las habitaciones depende de las normas establecidas en cada país. Como norma general y salvo que expresamente se pacte otra cosa en el contrato, las habitaciones podrán ser utilizadas a partir de las 14:00 horas del día de llegada y deberán quedar libres antes de las 12:00 horas del día de salida.

En los vuelos cuya llegada al punto de destino se realice después de las 12:00 horas, el primer servicio del hotel, cuando esté incluido en la PROPUESTA DE VIAJE, será la cena. Igualmente, en los vuelos cuya llegada al punto de destino se realice después de las 19:00 horas, el primer servicio del hotel será el alojamiento.

Cuando el servicio contratado no incluya el acompañamiento permanente de guía y en el supuesto de que el VIAJERO prevea su llegada al hotel o apartamento reservado en fechas u horas distintas a las reseñadas, es conveniente, para evitar problemas y malas interpretaciones, comunicar con la mayor anticipación posible tal circunstancia al ORGANIZADOR, o a los responsables de los alojamientos directamente, según los casos.

Igualmente, debe el VIAJERO consultar al ORGANIZADOR, en el momento de hacer la reserva, la posibilidad de llevar animales, pues generalmente no son admitidos en los hoteles y apartamentos. En el supuesto de haber confirmado la admisión de animales y se pretenda viajar con ellos, tal circunstancia deberá hacerse constar en el contrato.

El servicio de alojamiento implicará que la habitación esté disponible en la noche correspondiente, entendiéndose prestado con independencia de que, por circunstancias propias del viaje combinado, el horario de entrada en el mismo se produzca más tarde de lo inicialmente previsto.

4.3_ Servicios suplementarios

Cuando el VIAJERO solicite servicios suplementarios (por ejemplo, habitación vista al mar, etc.) que no les puedan ser confirmados definitivamente por el ORGANIZADOR, el VIAJERO podrá optar por desistir definitivamente del servicio suplementario solicitado o mantener su solicitud a la espera de que tales servicios puedan finalmente serle prestados. En el supuesto de que las partes hubieran convenido el pago previo del precio de los servicios suplementarios que finalmente no puedan ser prestados, el importe abonado será reembolsado por el ORGANIZADOR inmediatamente al desistimiento del servicio por parte del VIAJERO o al regreso del viaje, según el VIAJERO haya optado por el desistimiento en la prestación del servicio suplementario solicitado o haya mantenido la solicitud.

4.4_ Régimen alimenticio

El régimen de media pensión, salvo que se indique de otro modo, incluye desayuno continental y cena. Por regla general, y a menos que se indique expresamente lo contrario, dichas comidas no incluyen las bebidas. Las dietas especiales (vegetarianas, veganas o de regímenes especiales por motivos de salud) sólo se garantizan si han sido pactadas por las partes en condiciones particulares. Si por causa de retraso, sea cual fuere, se perdiera algún servicio de restaurante correspondiente a la pensión alimenticia contratada, no existirá derecho a devolución alguna.

 4.5_ Condiciones espaciales para menores

Dada la diversidad del tratamiento aplicable a los niños, dependiendo de su edad, del proveedor de servicios y de la fecha del viaje, se recomienda consultar siempre el alcance de las condiciones especiales que existan y que en cada momento serán objeto de información concreta y detallada y se recogerá en el CONTRATO DE VIAJE COMBINADO o en la PROPUESTA DE VIAJE. En general, en cuanto al alojamiento, serán aplicables siempre que el niño comparta la habitación con dos adultos.

En lo referente a estancias de menores en el extranjero se estará a la información facilitada puntualmente para cada caso y a lo que pueda constar en el CONTRATO DE VIAJE COMBINADO o en la PROPUESTA DE VIAJE que se entregue al suscribirlo.

5_ Condiciones económicas

5.1_ Precio del viaje

El precio del viaje incluye.

                       I.            El transporte, cuando dicho servicio esté incluido en el programa contratado, con el tipo de transporte, características y categoría que conste en el CONTRATO DE VIAJE COMBINADO o en la PROPUESTA DE VIAJE que se entrega al VIAJERO.

                     II.            El alojamiento, cuando dicho servicio esté incluido en el programa contratado, en el establecimiento y con el régimen alimenticio que figura en el CONTRATO DE VIAJE COMBINADO o en la PROPUESTA DE VIAJE que se entrega al VIAJERO en el momento de suscribirlo, o en otros similares en caso de sustitución solicitada por el consumidor y aceptada por el ORGANIZADOR.

                   III.            Las tasas o impuestos de los establecimientos hoteleros y los impuestos indirectos -Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.), Impuesto General Indirecto Canario (I.G.I.C.), etc.-, cuando sean aplicables.

                  IV.             La asistencia técnica durante el viaje, cuando este servicio esté específicamente incluido en el programa contratado.

                    V.             Todos los demás servicios y complementos que se especifiquen concretamente en la PROPUESTA DE VIAJE o que expresamente se hagan constar en el CONTRATO DE VIAJE COMBINADO.

                  VI.             Los gastos de gestión por parte del ORGANIZADOR.

5.2_ Exclusiones en el precio del viaje

El precio del viaje no incluye todo aquello que no esté expresamente recogido en la PROPUESTA DE VIAJE o en el CONTRATO DE VIAJE COMBINADO.

Salvo que se indique lo contrario, el precio no suele incluir el coste de visados, tasas de aeropuerto, y/o tasas de entrada y salida, certificados de vacunación, "extras" tales como cafés, vinos, licores, aguas minerales, regímenes alimenticios especiales -ni siquiera en los supuestos de pensión completa o media pensión, salvo que expresamente se pacte en el CONTRATO DE VIAJE COMBINADO otra cosa-, lavado y planchado de ropa, servicios de hotel opcionales, y, en general, cualquier otro servicio que no figure expresamente en el apartado "El precio incluye" o no conste específicamente detallado en la PROPUESTA DE VIAJE o en el CONTRATO DE VIAJE COMBINADO que se entrega al consumidor al suscribirlo.

En el caso de excursiones o visitas facultativas no contratadas en origen, debe tenerse presente que no forman parte del CONTRATO DE VIAJE COMBINADO. Su publicación en el programa tiene mero carácter informativo y el precio está expresado con el indicativo de “estimado”. Por ello, en el momento de contratarse en el lugar de destino, pueden producirse variaciones sobre sus costes, que alteren el precio estimado. Dichas excursiones serán ofrecidas al VIAJERO con sus condiciones específicas y precio definitivo de forma independiente, no garantizándose hasta el momento de su contratación su posible realización.     

Tampoco, salvo que se indique lo contrario, se incluyen en el precio las propinas. En el caso de los cruceros, en el precio del viaje no está incluida una aportación complementaria que usualmente, aunque de forma errónea, suele denominarse propina, y cuyo importe está en función de la duración del viaje y tiene como único destinatario al personal de servicio, respecto de la cual al inicio del viaje se advierte al cliente que debe asumir el compromiso de entregar a la finalización del viaje.

5.3_ Revisión de precios

El precio del viaje combinado ha sido calculado en base a los tipos de cambio, tarifas de transporte, coste del carburante y tasas e impuestos aplicables en la fecha de edición del programa o de las posteriores que, en su caso, se hayan hecho públicas de forma impresa.

El citado precio podrá ser revisado, tanto al alza como a la baja, pero solo para incorporar variaciones del precio de los elementos indicados (precio de los transportes, coste del carburante, tasas e impuestos y tipos de cambio).

Estas modificaciones serán notificadas al consumidor, por escrito o por cualquier medio que permita tener constancia de la comunicación efectuada, pudiendo el consumidor, cuando la modificación efectuada sea al alza en una cantidad superior a un veinte por ciento del total del viaje combinado, desistir del viaje sin penalización alguna, o bien aceptar la modificación del contrato.

Será nula la revisión de precios al alza efectuada en los 20 días inmediatamente anteriores a la fecha de salida del viaje.

 

5.4_ Ofertas especiales

Cuando como consecuencia de ofertas especiales se realice la contratación del viaje combinado a precio distinto del expresado en la página web o en la PROPUESTA DE VIAJE, los servicios comprendidos en el precio serán únicamente aquellos que se especifiquen detalladamente en la oferta, aun cuando dicha oferta haga referencia a alguno de los programas descritos en dicho catálogo, siempre que dicha remisión se realice a los exclusivos efectos de información general del destino.

5.5_ Forma de pago y reembolsos

En el momento de la reserva el VIAJERO deberá abonar al ORGANIZADOR el treinta y cinco por ciento (35%) del precio total del viaje. El resto, cuarenta y cinco días antes de la salida o según calendario de pagos informado al VIAJERO previamente a la contratación del viaje, salvo en aquellos supuestos en que el contrato se suscriba con una antelación menor, en los que el pago del resto del precio se hará contra la entrega de los títulos de transporte y demás documentación de viaje sin sometimiento a plazo alguno.

Si alguno de los servicios contratados tuviera condiciones especiales de pago, se informará de las mismas antes de la contratación del viaje. Si el VIAJERO no realiza el pago final establecido en el contrato, el ORGANIZADOR le requerirá para que lo efectúe en el plazo de cuarenta y ocho (48) horas. De no procederse al pago en tal plazo, el ORGANIZADOR podrá resolver el contrato y aplicar las reglas establecidas para el desistimiento, viniendo obligado a abonar todos los costes sufridos por ésta con tal motivo.

Una vez efectuada la salida del viaje, la no utilización voluntaria por parte del VIAJERO de alguno de los servicios contratados, no le dará derecho a devolución alguna.

6_ Derechos y deberes del VIAJERO

6.1_ Derechos del VIAJERO

El VIAJERO tendrá derecho al correcto cumplimiento de los servicios de viaje incluidos en el CONTRATO DE VIAJE COMBINADO. Si alguno de los servicios contratados no pudiera prestarse, o se prestasen con calidad inferior, tendrá derecho a una reducción adecuada del precio y al pago de la indemnización de los daños y perjuicios que pudiera haber sufrido por tal causa.

El VIAJERO tiene el derecho a desistir del CONTRATO DE VIAJE COMBINADO una vez comenzado el viaje, pero no podrá reclamar la devolución de las cantidades entregadas y continuará obligado a abonar las que estén pendientes de pago.

El VIAJERO tendrá derecho a recibir asistencia en el menor tiempo posible, en los supuestos de circunstancias inevitables y extraordinarias, mediante el suministro de información sobre los servicios sanitarios, las autoridades locales y la asistencia consular, y a recibir ayuda para establecer comunicaciones a distancia y para encontrar fórmulas de viaje alternativas.

6.2_ Deberes del VIAJERO

El VIAJERO deberá atenerse a las indicaciones que le facilite el ORGANIZADOR para la adecuada ejecución del viaje, así como a las reglamentaciones que son de general aplicación a los usuarios de los servicios comprendidos en el viaje combinado. En particular, observará una conducta que no perjudique su normal desarrollo, actuando conforme a las elementales reglas de prudencia y sentido común y obedeciendo en todo momento las indicaciones dadas por los guías y responsables señalados por el ORGANIZADOR.

El VIAJERO vendrá obligado a comunicar al ORGANIZADOR cualquier falta de conformidad por su parte en la ejecución del contrato a la mayor brevedad posible, así como a aceptar las nuevas propuestas de ésta, en relación a dicha disconformidad, si éstas son de la misma calidad que las incluidas en el contrato, o si siendo de menor calidad, se le hubiera ofrecido una rebaja adecuada del precio.

En todo caso, el VIAJERO está obligado a tomar las medidas adecuadas y razonables para intentar reducir los daños que puedan derivarse de la no ejecución o ejecución deficiente del contrato o para evitar que se agraven. Los daños que deriven de no haber adoptado dichas medidas serán de cuenta del VIAJERO.

En algunos casos, el ORGANIZADOR ofrece viajes y expediciones fuera de las rutas turísticas tradicionales, en estrecho contacto con la naturaleza, y/o conviviendo con pueblos alejados de las costumbres sociales occidentales. En consecuencia, el viaje que se contrata tiene unas características específicas que suponen, respecto a los viajes convencionales, un mayor riesgo del habitual, riesgo del que el VIAJERO que lo contrata es plenamente consciente, asumiendo la responsabilidad que de ello se deriva y declarando expresamente que el riesgo es precisamente una de las causas que influyen decisivamente en su contratación.

La infracción grave de estos deberes faculta al ORGANIZADOR para resolver el CONTRATO DE VIAJE COMBINADO por causa imputable al VIAJERO, respondiendo este último de los daños y perjuicios que se puedan haber irrogado al ORGANIZADOR.

6.3_ Modificación por el VIAJERO del CONTRATO DE VIAJE COMBINADO antes de la salida

Si en cualquier momento anterior a la fecha de salida, el VIAJERO desea solicitar cambios referidos a los destinos, a los medios de transporte, a la duración, al calendario, al itinerario del viaje contratado o a cualquier otro extremo referido a las prestaciones y el ORGANIZADOR puede efectuarlos, éste podrá exigirle el abono de los gastos adicionales justificados que hubiese causado dicha modificación.

El VIAJERO podrá ceder su reserva en el viaje combinado a una tercera persona, siempre y cuando éste último reúna todas las condiciones requeridas para el citado viaje, debiéndolo comunicar por escrito al ORGANIZADOR con una antelación mínima de 7 días naturales a la fecha del inicio del viaje. Tanto la persona que ceda su reserva en el viaje, como el cesionario, responderán solidariamente ante el ORGANIZADOR del pago del precio del viaje, así como de cualquier comisión, recargo u gastos adicionales justificados que pudiera haber causado dicha cesión.

6.4_ Resolución por el VIAJERO del CONTRATO DE VIAJE COMBINADO antes de la salida               

El VIAJERO podrá en cualquier momento antes del inicio del viaje dejarlo sin efecto y desistir de los servicios solicitados o contratados, viniendo obligado a abonar al ORGANIZADOR todos los costes sufridos por ésta con motivo de tal anulación.

Para que la cancelación surta efecto, el VIAJERO deberá comunicar, previo al inicio del viaje, su voluntad de cancelar por escrito a través del correo electrónico info@sociedadhistoricapenalizad.com. La falta de dicha manifestación de la voluntad, en los términos antes mencionados, no dará lugar a la cancelación correspondiente.

Se considerarán en todo caso dentro de tales costes:

1)       Los gastos de gestión, correspondientes al 16% del valor del viaje. El ORGANIZADOR no aplicará la anterior penalización si la resolución se produce como consecuencia de circunstancias inevitables y extraordinarias en el lugar de destino o en las inmediaciones que afecten de forma significativa a la ejecución del viaje combinado, o al transporte de pasajeros al lugar de destino. En este caso, el VIAJERO tendrá derecho al reembolso completo de cualquier pago realizado, pero no a una compensación adicional.

2)      Los gastos de anulación, si los hubiere. Dichos gastos irán sujetos a la política de cancelación de cada uno de los prestadores de servicios turísticos contratados, así como los términos y condiciones adicionales que resulten aplicables y que puedan afectar a su viaje. El ORGANIZADOR no es ni será responsable de los plazos, montos, formas de pago, procedencia o cualquier otro concepto relacionado con las cancelaciones y sus respectivos reembolsos y se limitará a informar pertinentemente de dichas condiciones en la PROPUESTA DE VIAJE. Por lo anterior, se recomienda al VIAJERO consultar la política de cancelación y los términos y condiciones de cada PROPUESTA DE VIAJE antes de confirmar la reserva correspondiente. En cualquier caso, la falta de estos en la PROPUESTA DE VIAJE no deberá interpretarse como que no existan políticas de cancelación y reembolsos aplicables a dicha reservación, que deberán ser consultados con el ORGANIZADOR.

De no presentarse a la salida, el VIAJERO no tendrá derecho a devolución alguna de la cantidad abonada, salvo acuerdo entre las partes en otro sentido.

En el caso de que alguno de los servicios contratados y anulados estuviera sujeto a condiciones económicas especiales de contratación, tales como flete de aviones, buques o tarifas especiales, los gastos de cancelación por desistimiento se establecerán de acuerdo con las condiciones acordadas por ambas partes.

El VIAJERO está obligado a comunicar todo incumplimiento en la ejecución del CONTRATO DE VIAJE - preferentemente “in situ” o, en otro caso, a la mayor brevedad posible- por escrito o en cualquier otra forma en que quede constancia, al ORGANIZADOR o cualquier persona designada y, en su caso, al prestador del servicio de que se trate.

En el caso de que las soluciones arbitradas por el ORGANIZADOR no sean satisfactorias para el VIAJERO, éste dispondrá del plazo de un mes para reclamar al ORGANIZADOR. El ORGANIZADOR dispondrán de cuarenta y cinco días naturales para dar respuesta a la reclamación planteada por el consumidor, plazo que comenzará a contarse a partir del día siguiente a la presentación de la reclamación.

7_ Derechos y deberes del ORGANIZADOR

7.1_ Derechos del ORGANIZADOR

El ORGANIZADOR, en cuanto responsable de la ejecución del viaje, tiene el derecho a tomar las decisiones que considere pertinentes ante las situaciones imprevistas que puedan surgir en su transcurso, tales como, alteraciones climáticas, circunstancias políticas o bélicas, problemas producidos por intermediarios aéreos, etc., estableciendo los cambios necesarios en el mismo para garantizar la seguridad del VIAJERO y el buen desarrollo del viaje.

Igualmente tiene el derecho a exigir del VIAJERO un comportamiento adecuado y conforme a las distintas reglamentaciones o costumbres de los países incluidos en el viaje, que no perjudique su realización, pudiendo dar instrucciones en tal sentido.

El ORGANIZADOR tendrá derecho a dar por terminada, en cualquier momento, la participación de cualquier persona, cuyo comportamiento pueda entenderse como peligroso para la seguridad del grupo o bienestar de los participantes, lo cual no dará derecho a reembolso alguno. Si bien tomará las medidas previstas para asegurar su repatriación.

7.2_ Deberes del ORGANIZADOR

El ORGANIZADOR está obligado a ejecutar correctamente los servicios incluidos en el viaje contratado, con independencia de que éstos los ejecute directamente o a través de otros prestadores de servicios, respondiendo de los daños sufridos por el VIAJERO como consecuencia de la no ejecución o ejecución deficiente del contrato, salvo:

1. Que los defectos observados en la ejecución del contrato sean imputables al VIAJERO.

2. Que los defectos aludidos se deban a circunstancias imprevisibles o inevitables, entendiendo por tales, cualquier situación fuera del control de la parte que alega esta situación y cuyas consecuencias no habrían podido evitarse, incluso si se hubieran adoptado todas las medidas razonables.

En los anteriores supuestos de exclusión de responsabilidad, el ORGANIZADOR estará obligado a prestar la necesaria asistencia al VIAJERO que se encuentre en dificultades, a no ser que los defectos producidos sean atribuibles de modo exclusivo a una conducta intencional o negligente del VIAJERO.

El ORGANIZADOR no responderá de los servicios no incluidos en su programa y que el VIAJERO pueda contratar con terceros en el transcurso del viaje y con ocasión de éste. Tampoco responderá si es el VIAJERO el que contrata independientemente los servicios y/o transportes al margen de lo dispuesto en el programa, en relación con cualquier retraso, cancelación, accidente o incidencia que pueda producirse en relación con dichos servicios y transportes, independientemente de la causa de esta sin que el VIAJERO ni los beneficiarios tengan nada que pedir o reclamar por este concepto. Asimismo, el ORGANIZADOR no tendrá ningún tipo de responsabilidad en relación con el hecho de que tales eventuales incidencias puedan significar la imposibilidad de realizar todas o parte de las actividades contratadas, o la necesidad de retrasarlas, cancelarlas y, en general, modificar de cualquier forma el plan del viaje contratado, sin que deba devolver o abonar cantidad alguna al VIAJERO por este hecho. Por último, el VIAJERO reconoce y acepta que las pólizas de seguro contratadas por el ORGANIZADOR no cubrirán cualquier eventualidad que, en su caso, pudiera tener lugar en relación con los transportes contratados directamente por él.

Si cualquiera de los servicios incluidos en el viaje no se ejecuta de conformidad con el CONTRATO DE VIAJE COMBINADO, el ORGANIZADOR vendrá obligado a subsanar la falta de conformidad, salvo que resulte imposible o ello entrañe un coste desproporcionado, teniendo en cuenta la gravedad de la falta de conformidad y el valor de los servicios de viaje afectados.

Cuando el ORGANIZADOR no pueda prestar una proporción significativa de los servicios de viaje contratados ofrecerá, sin coste adicional alguno para el VIAJERO, fórmulas alternativas adecuadas, de ser posible de calidad equivalente o superior a las especificadas en el contrato, para la continuación del viaje combinado. Si no ofreciera tales fórmulas alternativas y el viaje incluyera el transporte, repatriará al VIAJERO en un transporte equivalente sin dilaciones indebidas y sin coste adicional.

7.3_ Modificación por el ORGANIZADOR del CONTRATO DE VIAJE COMBINADO antes de la salida

El ORGANIZADOR se compromete a facilitar al VIAJERO la totalidad de los servicios contenidos en el CONTRATO DE VIAJE COMBINADO, con las condiciones y características estipuladas, si bien antes de la salida de viaje podrá realizar aquellos cambios que sean necesarios para el buen fin del viaje y que no sean sustanciales.

No obstante, lo anterior, en el supuesto de que el ORGANIZADOR se vea obligado a realizar cambios sustanciales en los servicios contratados, o proponga aumentar el precio más de un 8%, lo pondrá en conocimiento del VIAJERO sin demora, incluyendo las modificaciones programas y su repercusión en el precio. El VIAJERO deberá notificar al ORGANIZADOR en un plazo máximo de 24 horas si acepta las modificaciones del programa y el nuevo precio.

Si las modificaciones aceptadas por el VIAJERO supusieran un viaje de calidad inferior tendrá derecho a una reducción adecuada del precio. En caso de resolución por el VIAJERO del contrato por las modificaciones comunicadas por el ORGANIZADOR, el primero tendrá derecho a la integra devolución de las cantidades entregadas a la fecha sin ninguna penalización, en un plazo máximo de catorce días naturales a partir de la fecha en que se produzca la resolución.

7.4_ Resolución por el ORGANIZADOR del CONTRATO DE VIAJE COMBINADO antes de la salida               

El ORGANIZADOR podrá cancelar el CONTRATO DE VIAJE COMBINADO y reembolsar al VIAJERO la totalidad de los pagos que éste haya realizado en un plazo máximo de catorce días naturales desde la notificación de la cancelación, pero no será responsable de compensación adicional alguna si:

a.       el número de personas inscritas para el viaje combinado es inferior al número mínimo especificado en la PROPUESTA DE VIAJE y el ORGANIZADOR notifica al VIAJERO la cancelación dentro de los siguientes plazos:

                                                               i.      20 días naturales antes del inicio del viaje combinado (en el caso de los viajes de más de seis días de duración).

                                                             ii.      7 días naturales antes del inicio del viaje combinado (en el caso de los viajes de entre dos y seis días de duración).

                                                           iii.      48 horas antes del inicio del viaje combinado en el caso de viajes de menos de dos días de duración.

b.      El ORGANIZADOR se ve imposibilitado de ejecutar el contrato por circunstancias inevitables y extraordinarias y le notifica la cancelación al VIAJERO tan pronto como tenga conocimiento de ello.

7.5_ Límites de la responsabilidad del ORGANIZADOR               

El ORGANIZADOR aplicará las limitaciones que, en relación con el alcance o las condiciones del pago de indemnizaciones por parte de prestadores de servicios de viaje incluidos en un viaje combinado, establezcan los convenios internacionales que vinculan a la Unión Europea.

En los demás casos, el ORGANIZADOR podrá limitar en los contratos que suscriba la indemnización que debe pagar al VIAJERO siempre que esa limitación no se aplique a los daños corporales o perjuicios causados de forma intencionada, o por negligencia y que su importe no sea inferior al triple del precio total del viaje.

8_ Pasaportes, visados y vacunas

Todo VIAJERO, sin excepción (niños incluidos), deberán llevar en regla su documentación personal y familiar correspondiente, sea el pasaporte o D.N.I., según las leyes del país o países que se visitan.

Será por cuenta de los usuarios, cuando los viajes así lo requieran, la obtención de visados. Si el ORGANIZADOR acepta el encargo del VIAJERO de tramitar los visados necesarios para alguno de los destinos previstos en el itinerario, podrá exigir el cobro del coste del visado, así como de los gastos de gestión por los trámites que deba realizar ante la representación diplomática o consular correspondiente. En este caso, el ORGANIZADOR responderá de los daños que le sean imputables de acuerdo con la diligencia normalmente exigible por los retrasos en la obtención de la documentación necesaria o por falta o insuficiencia de ésta, que imposibiliten el viaje.

Caso de ser rechazada por alguna Autoridad la concesión de visados, por causas particulares del VIAJERO, o ser denegada su entrada en el país por carecer de los requisitos que se exigen, o por defecto en la documentación exigida, o por no ser portador de la misma, el ORGANIZADOR declina toda responsabilidad por hechos de esta índole, siendo por cuenta del VIAJERO cualquier gasto que se origine, aplicándose en estas circunstancias las condiciones y normas establecidas para los supuestos de desistimiento voluntario de servicios.

El VIAJERO debe en todo caso obtener la documentación necesaria para realizar el viaje, incluido pasaporte, visados y la referida a las formalidades sanitarias. El VIAJERO debe asegurarse antes de iniciar el viaje de tener cumplidas todas las normas y requisitos aplicables en materia de visados a fin de poder entrar sin problemas en todos los países que vayan a visitarse. Los menores de 18 años deben llevar un permiso escrito firmado por sus padres o tutores, en previsión de que el mismo pueda ser solicitado por cualquier autoridad. Todos los daños que puedan derivarse de la falta de esa documentación serán de su cuenta y en particular los gastos producidos por la interrupción del viaje y su eventual repatriación.

9_ Seguros

El ORGANIZADOR tiene suscrito para todos sus viajes un Seguro de Asistencia en Viaje que cubre al VIAJERO, contratado con la compañía InterMundial, nº de póliza 55-0683016.

Quedan excluidos de esta póliza:

a)      Las garantías y prestaciones que no hayan sido solicitadas al ASEGURADOR y que no hayan sido efectuadas por o con su acuerdo, salvo en caso de fuerza mayor o de imposibilidad material demostrada.

b)     Los siniestros causados por dolo del ASEGURADO, del TOMADOR DEL SEGURO, de los BENEFICIARIOS o de las personas que viajen con el ASEGURADO.

c)      Los siniestros ocurridos en caso de guerra, manifestaciones y movimientos populares, actos de terrorismo y sabotaje, huelgas, detenciones por parte de cualquier autoridad por delito no derivado de accidente de circulación, restricciones a la libre circulación o cualquier otro caso de fuerza mayor, a menos que el ASEGURADO pruebe que el siniestro no tiene relación con tales acontecimientos.

d)     Los accidentes que sobrevengan a la práctica de competiciones deportivas, oficiales o privadas, así como los entrenamientos o pruebas y las apuestas.

e)      Los siniestros que tengan por causa las irradiaciones procedentes de la transmutación o desintegración nuclear o la radioactividad, así como los derivados de agentes biológicos o químicos.

f)        El rescate en montaña, mar o desierto.

g)      Las enfermedades o lesiones que se produzcan como consecuencia de padecimientos crónicos o previos al viaje, así como sus complicaciones o recaídas.

h)     Las enfermedades y accidentes sobrevenidos en el ejercicio de una profesión de carácter manual.

i)        Suicidio o enfermedades y lesiones resultantes del intento o causadas intencionadamente por el asegurado a sí mismo.

j)        Tratamiento o enfermedades o estados patológicos producidos por ingestión o administración de tóxicos (drogas), alcohol, narcóticos o por la utilización de medicamentos sin prescripción médica.

k)      Los gastos incurridos en cualquier tipo de prótesis.

l)        Partos.

m)   Embarazos, salvo complicaciones imprevisibles en las primeras 24 semanas de gestación.

n)      Las revisiones médicas periódicas, preventivas o pediátricas.

o)      Cualquier tipo de gasto médico o farmacéutico producido como consecuencia de dolo por parte del ASEGURADO, o por abandono de tratamiento que haga previsible el deterioro de la salud. En todo caso, el ASEGURADOR no se hará cargo de gastos médicos o farmacéuticos cuyo importe sea inferior a 15,00 €.

p)     Previa autorización expresa del ASEGURADOR y mediante sobreprima pactada, podrán eliminarse las exclusiones d) y h).

Igualmente se incluye un seguro facultativo que cubre los gastos originados en caso de que decida poner fin al contrato, o los gastos de asistencia, incluidos los de repatriación, en caso de accidente, enfermedad o fallecimiento.

No se garantizan las anulaciones y reembolsos de viaje que tengan su origen en:

a)      Tratamientos estéticos, revisiones periódicas, curas, contraindicaciones de viajes aéreos, vacunaciones,

b)     la imposibilidad de seguir en ciertos destinos el tratamiento medicinal preventivo aconsejado, la

c)      interrupción voluntaria de embarazos.

d)     Enfermedades psíquicas, mentales y depresiones sin hospitalización o que justifiquen una hospitalización inferior a siete días.

e)      Enfermedades que estén siendo tratadas o tengan cuidados médicos dentro de los 30 días previos, tanto a la fecha de reserva del viaje, como a la fecha de inclusión en el seguro.

f)        La participación en apuestas, duelos, crímenes, riñas, salvo en casos de legítima defensa.

g)      Terrorismo.

h)     La no presentación por cualquier causa de los documentos indispensables en todo viaje, tales como pasaporte, visado, billetes, carné o certificados de vacunación.

i)        Complicaciones del estado de embarazo, salvo lo indicado en los apartados n), o) y p) de la presente Garantía de Gastos de Anulación.

j)        Los siniestros que tengan por causa las irradiaciones procedentes de la transmutación o desintegración nuclear o la radioactividad, así como los derivados de agentes biológicos o químicos.

Con la documentación del viaje le será entregada al VIAJERO la información de todas las coberturas, así como las indicaciones y direcciones útiles. El VIAJERO no debe olvidar llevarlo durante el viaje, ya que es el responsable de declarar los posibles siniestros que pudieran ocurrir. La relación de posibles incidentes quedará siempre sometida a la mediación directa entre el contratante (VIAJERO) y la compañía de seguros.

Los seguros, una vez contratados, no son reembolsables

10_ Reclamaciones, acciones judiciales y prescripción

El VIAJERO podrá reclamar en vía judicial ante los tribunales del lugar donde tenga su domicilio y solo podrá ser demandado ante los mismos tribunales. Las acciones judiciales derivadas del CONTRATO DE VIAJE COMBINADO prescriben por el transcurso del plazo de dos años.

En todo caso, y con pleno respeto a lo dispuesto en el apartado precedente, el ORGANIZADOR pone a disposición del VIAJERO la siguiente información para que puedan interponer sus quejas y reclamaciones o solicitar información sobre el viaje contratado:

● RAZÓN SOCIAL: SOCIEDAD HISTORICA DE EMPRESAS Y EXPEDICIONES SL

● NOMBRE COMERCIAL: SOCIEDAD HISTORICA DE EMPRESAS Y EXPEDICIONES

● CIF: B88479258

● DOMICILIO: PUERTA DEL VADO 3

● POBLACIÓN: ALCALÁ DE HENARES

● PROVINCIA: MADRID

● C.P.: 28803

● TELÉFONO: 679 362 951

● CORREO ELECTRÓNICO: info@sociedadhistorica.com

11_ Protección de Datos

Como consecuencia de la ejecución del CONTRATO DE VIAJE COMBINADO, en su condición de responsable del tratamiento, el ORGANIZADOR procederá al tratamiento de los datos personales que el VIAJERO le haya proporcionado garantizando que cumple con la normas de protección de datos que resultan aplicables y, en particular, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y de Garantía de los Derechos Digitales y el REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD).

11.1_ Finalidad principal

 SOCIEDAD HISTÓRICA DE EMPRESAS Y EXPEDICIONES SL recoge los datos personales de los viajeros, para poder gestionar los servicios solicitados y mantener la relación contractual. Asimismo, los datos personales y los de los beneficiarios de los servicios serán tratados para fines administrativos internos. Los datos personales podrán ser tratados, previo consentimiento del VIAJERO, para el envío de información sobre eventos y comunicaciones comerciales relacionadas con el ORGANIZADOR por los canales disponibles, incluidos medios electrónicos.

11.2_ Legitimación

El ORGANIZADOR llevará a cabo el tratamiento de los datos personales y los de los beneficiarios de los servicios, que resulte necesario para la prestación de los servicios contratados, así como para la elaboración de presupuestos previos a la formalización de dicha contratación. La base jurídica para este tratamiento es la ejecución del contrato. El ORGANIZADOR podrá tratar los datos personales, previa autorización, para el envío de información sobre eventos y comunicaciones comerciales que considere del interés del VIAJERO. La base jurídica para este tratamiento es el consentimiento.

11.3_ Destinatarios

Para la gestión de las finalidades inherentes al desarrollo y cumplimento del objeto del contrato, puede resultar necesario y obligatorio para la prestación del servicio, que los datos y los de los beneficiarios de los servicios sean comunicados a los diferentes proveedores, tales como compañías aéreas, hoteles, navieras y otros proveedores de servicios, quienes estarán obligados a utilizar los datos, única y exclusivamente, para dar cumplimiento al objeto del contrato. Estos proveedores, dependiendo del país de destino de su viaje, podrán estar ubicados en terceros países para los que sea necesario realizar una transferencia internacional de datos.

11.4_ Derechos

Podrán ejercitar los interesados los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición o cualquier otro en materia de protección de datos, a través de petición que se deberá remitir por escrito, acompañando fotocopia de su DNI, dirigida a: DPTO. PROTECCIÓN DE DATOS – SOCIEDAD HISTORICA DE EMPRESAS Y EXPEDICIONES SL. PUERTA DEL VADO 3. ALCALÁ DE HENARES. 28803. MADRID. CORREO ELECTRÓNICO: info@sociedadhistorica.com.

12_ Vigencia

Las presentes Condiciones y Disposiciones Generales tendrán vigencia hasta su sustitución por otras nuevas.